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Conozca las posibles sanciones para los que no se presenten como miembros de mesa del CNE

  El pasado viernes 25 de marzo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó la lista de las personas seleccionadas como miembros de mesa para las elecciones presidenciales del 28 de julio.

Los miembros de mesa son personas seleccionadas por el CNE para vigilar el proceso electoral.  El artículo 118 de la Ley Orgánica del Proceso Electoral (LOPRE), establece que los seleccionados para cumplir esta función deberán presentarse en el centro de votación a las 5:00 am de la fecha pautada para constituir la formación de la mesa electoral.

De acuerdo con el artículo 111 de esta ley, es obligatorio que las personas seleccionadas como miembro de mesa asistan a la elección. 

¿Cuales son las sanciones para los que no asistan como miembros de mesa?

Hasta la fecha, el CNE no ha publicado las sanciones por el incumplimiento de esta función. Sin embargo, tomando en cuenta las de las elecciones regionales del 2021,  las multas podrían ser las siguientes:

– Las personas seleccionadas como miembro de mesa y que no asistan a la elección podrían ser multados con 15 o 50 Unidades Tributarias (UT), que actualmente tiene un valor de 9 bolívares.  Por lo tanto, tendría que pagar de multa entre 135 a 450 bolívares, equivalentes entre 3,72 y 12,40 dólares, respectivamente,  según la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV). 

– Para las últimas elecciones celebradas en el país, el CNE comunicó que los convocados como miembros de mesa y no acudan a su centro de votación podrían ser incluso sancionados con arresto proporcional de un día por Unidad Trinutaria.

Sin embargo, el artículo 113 de la LOPRE también estipula algunos motivos por los que una persona puede exceptuarse como miembro de mesa durante una elección:

– Ser mayor de sesenta y cinco años de edad.

– Tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.

– Ser candidato o candidata en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.

– Prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio y aquellos trabajadores y trabajadoras, funcionarios y funcionarias que en razón de la naturaleza de sus labores le impide asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.

El artículo 114 de la ley establece que las personas que no puedan asistir como miembros de mesa tienen un lapso de 10 días hábiles, desde la publicación del listado, para presentar su excepción ante la Oficina Regional Electoral.

¿Cómo saber si fuiste seleccionado como miembro de mesa?

Las personas deben acceder a la página oficial del CNE y seguir los siguientes pasos:

-Darle clic donde dice “Seleccionados Organismos Electorales Subalternos 2024” 

-Hacer clic sobre el estado donde reside en el mapa de Venezuela

-Seleccionar el recuadro de Miembros de Mesa

-La página del CNE redirigirá a un documento PDF que contiene los nombres de todas las personas seleccionadas para esta función. Así como también la parroquia y municipio en donde deberán prestar el servicio

La página también permite la opción de consultar si un usuario debe prestar Servicio Electoral. En la pestaña del mismo nombre, «Consulte si debe prestar Servicio Electoral» debe colocar su número de cédula y luego darle clic en la lupa. El sistema confirmará la información. 

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